Miércoles, 26 de julio 2023

Estaciones sin marcas

Daniel Sanguinetti, secretario de UNVENU: “El punto de venta debe ser del operador y no de la Distribuidora”

El directivo cree que el estacionero al finalizar su contrato, debe negociar con las distribuidoras y mientras lo hace tener la posibilidad de trabajar bajo “bandera blanca”.

Daniel Sanguinetti, secretario de UNVENU: “El punto de venta debe ser del operador y no de la Distribuidora”
La URSEA podría aprobar una nueva figura, la de las estaciones sin bandera
Por Surtidores

La particularidad del mercado uruguayo de los combustibles, regulado desde la creación de ANCAP en 1931, mantiene aún varias reglamentaciones que ya casi no se ven en otros mercados desregulados, la mayoría a nivel mundial.

Además del precio de los productos, con máximos establecidos por URSEA, en un escenario en el que el combustible cuesta lo mismo en todo el país, salvo las ciudades con el beneficio de rebaja del IMESI en las fronteras con Brasil (24 por ciento) y Argentina (40 por ciento), el negocio dentro del “canal petróleo” como se le conoce en la jerga comercial, mantiene algunas particularidades.

BANDERA BLANCA

Por ejemplo, en la legislación no se permiten las denominadas estaciones de “bandera blanca”, una figura en la que el establecimiento no posee un sello determinado, cuando el operador queda liberado a comprarle combustible a cualquiera de las tres distribuidoras (DUCSA, AXION, DISA).

En este sentido Surtidores consultó al secretario de UNVENU, Daniel Sangunetti, quien personalmente opina que “todo depende del contexto”. Las estaciones de bandera blanca pueden resultar una buena salida para algunos operadores “aunque creo que este status no debería extenderse por mucho tiempo”, dijo.

Sanguinetti opinó que el punto de venta debe ser del operador y no de la distribuidora. “El estacionero debe poder finalizar su contrato negociar con las distintas distribuidoras y de tener la posibilidad, se establecerá  un tiempo acotado en el que no representaría ningún sello” señaló, al tiempo que agregó “todo dentro de un marco que garantice que no haya integración vertical”.

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CAMBIO DE SELLO

En este capítulo, surgen algunas diferencias en el mercado y si bien el directivo de UNVENU deja en claro que a la finalización del contrato se debe poder negociar el cambio, existen opiniones en contrario a esta posibilidad.

Surtidores dialogó con el vicepresidente de URSEA, José Hualde al respecto, quien informó que “si bien este tema está en carpeta y es uno de los grandes cambios que propone la LUC pero la URSEA todavía no lo ha reglamentado”.

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ESTACIONES CON DIFERENTES STATUS

Hualde explicó que el organismo analiza las diferentes opciones y opiniones. “No todos coinciden en que esta modalidad es la más apropiada, en la medida que dentro de las 476 Estaciones de Servicio que operan en Uruguay, una gran cantidad de ellas lo hacen con algún tipo de sociedad con la distribuidora que representan, algo que descarta la posibilidad de un cambio de sello”.

Para el jerarca de URSEA “se hace muy difícil reglamentar este punto, ante la diversidad de figuras (operadores dueños del 100 por ciento de la tierra y el negocio, operadores con estaciones en predios de las distribuidoras que ceden un porcentaje de las ventas, o inversiones edilicias de las distribuidoras en los establecimientos), aunque entiendo que se trata de una reglamentación que en el futuro deberá ser analizada, al igual que otras hoy en carpeta del organismo”.

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VENDER POR DEBAJO DEL PVP

Naturalmente que las características del mercado regulado, no permite el expendio de combustibles por encima del precio de venta al público, aunque nada establece con respecto a venderlo por debajo de ese precio. La URSEA determina solamente los precios máximos y de hecho al día de hoy algunas estaciones ofrecen a grandes clientes (flotas de ómnibus, camiones, maquinaria, etc.) descuentos por compras de gran volumen.

NUEVAS BOCAS DE VENTA

Dentro de las modificaciones insertas en la LUC y encomendadas a la URSEA, está la de analizar la apertura de nuevas estaciones, pero con una particularidad: en la antigua legislación la autorizaciones solo se otorgaban a las distribuidoras, ahora la URSEA puede aprobar una nueva boca a un particular, quien luego deberá negociar –de acuerdo a su criterio y a los beneficios que pueda obtener de una u otra distribuidora- el sello.

En este sentido cambian las reglas de juego, en la medida que antes de este procedimiento, solo las distribuidoras podían iniciar este trámite, mientras que al presente son los propios operadores que lo pueden hacer, quienes luego de evaluadas las diferentes exigencias reglamentarias, eligen el sello a su conveniencia ya que no necesitan el aval de la distribuidora para obtener el permiso del regulador.

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